Prescripción de Créditos Fiscales
Conocer de prescripciones de créditos fiscales es muy importante, por lo que no te puedes perder toda la información que traemos para ti a continuación.
Tomarse el tiempo para prestarle atención a las informaciones sobre la prescripción de créditos fiscales es de suma importancia. Esto se debe a que se puede conseguir evitar muchos problemas y solventar situaciones que se puedan presentar.
Los créditos fiscales son todos los derechos de cobro que se encuentren a favor del Estado. Los mismos pueden comprender un conjunto de integrantes como:
- Contribuciones. Siendo parte de este grupo el ISR, IVA, predial y los derechos de suministro de agua).
- Recargos. Según el tipo del que se trate.
- Sanciones. Multas que se hayan impuesto por diversos motivos y que se dan cancelar adecuadamente.
- Gastos de ejecución.
- Indemnizaciones por cheques devueltos.
Un contribuyente puede llegar a deberle dinero al Estado, el cual se mantiene en todo su derecho para realizar el cobro de los adeudos establecidos en un tiempo determinado.
En la actualidad, las deudas con el Estado pueden sufrir la prescripción, situación que debe conocerse apropiadamente para no tener inconvenientes ni sufrir por deudas ya vencidas.
Que es la prescripción fiscal
En términos generales, la prescripción fiscal es la extinción de la obligación que se tiene con el Estado. Esto se produce debido a que existe una extemporaneidad en la gestión del cobro. Es decir, que el proceso de cobro de la deuda no se ha efectuado en los tiempo establecidos por la Ley.
En otras palabras, el cobro de la deuda se da cuando la misma ya expiro por el tiempo que tiene.
La prescripción se conoce como un tipo de sanción legal para el acreedor fiscal, evitando que cobre su deuda. El motivo es la falta de interés que se presume existió al momento de cobrar la deuda o de exigir su cumplimiento parcial o total.
Es así como, al momento de la generación de una deuda con el Estado, el mismo tendrá un plazo de tiempo para cobrarla. En el caso de que el cobro no se realice en el tiempo establecido (ininterrumpido), el derecho de cobre se extingue.
Prescripción crédito fiscal 5 años
La prescripción del crédito fiscal se realiza después de que se han alcanzado los 5 años del mismo sin cobro. El tiempo comienza a contarse a partir de la fecha en la que el pago puedo ser exigido, pero no se realizó.
La cuenta se realizará de manera ininterrumpida, siempre que no exista ninguna gestión de cobro o se realice un reconocimiento expreso de la existencia de la deuda.
Sin embargo, si se da algunos de los casos anteriores sin que el pago se realice y se complete todo el proceso, el tiempo volverá a correr. Todo esto según lo que estime la ley en cuestión.
Es importante tener presente que los tiempos pueden variar mucho si se cuentan las interrupciones que pueda sufrir el proceso. Por ello, lo mejor es tener cuidado al momento de gestionar una prescripción.
Prescripción crédito fiscal 10 años
Antes de la reforma de ley del 2014, el tiempo estimado para la prescripción de un crédito fiscal era de 10 años.
No obstante, los cambios realizados redujeron el proceso a 5 años y se mantiene así desde entonces.
Diferencia entre caducidad y prescripción en materia fiscal
Como ya se ha visto, la prescripción es un fenómeno que se da al pasar un tiempo determinado sin que la autoridad competente realice el cobro de una obligación.
Sin embargo, la caducidad hace referencia a un acto determinado (puede ser cobro o no) nacido de un derecho que no se hace valer. Es decir, se debe realizar el acto o desaparece el derecho a realizarlo.
Esto facilita mucho la protección del contribuyente. Esto indica que jurídicamente hablando al transcurrir un tiempo determinado, la autoridad no tendrá derecho a hacer valer sus derechos. Es así como no podrá ejercer facultades que la ley le confiere en perjuicio de sus contribuyentes.
Otra diferencia que se puede establecer es que la prescripción parte del derecho sustantivo, mientras que la caducidad lo hace desde el derecho procesal.
De esta manera, se puede llegar a una nueva diferencia, teniendo en cuenta las siguientes premisas:
- La caducidad se establece en ejercicio de las facultades para ser impositivo o sancionador que se le otorga a las autoridades fiscales por ley. Esto quiere decir que la caducidad impugna el derecho de determinar los créditos fiscales.
- La prescripción funciona con relación al cobro de los créditos fiscales exigibles, por lo que va contra los mismos, según los tiempos establecidos.
Ejemplo de prescripción de un crédito fiscal
Teniendo en cuenta lo anteriormente planteado se pueden conocer muchos ejemplos, como el que ofrece como método informativo la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON). Ente encargado de ayudar a los contribuyentes a solucionar sus problemas con la autoridad fiscal de manera rápida.
En el año 2018 un contribuyente se acercó a las oficinas de la PRODECON con la queja de que sus cuentas bancarias se encontraban congeladas. La queja fue tomada por la organización y se procedió a hacer una investigación para esclarecer el problema.
Se le requirió al SAT su pronunciamiento sobre el tema y se contó con la siguiente respuesta:
- La autoridad indicó que el contribuyente tenía a su cargo un crédito fiscal originado por una auditoria que le fue realizada en 1998. En este caso, debido a que el crédito no se encontraba ni pagado ni garantizado, procedió a solicitarle a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para que procediera a la inmovilización de una cantidad de hasta 694,970 pesos de las cuentas bancarias del contribuyente.
- Aporto la documentación del caso para que el PRODECON pudiera realizar una revisión y análisis del mismo. Como se debe a hacer en cada uno de los casos.
Durante el análisis de los documentos se pudo establecer que:
- El primer intento activo de cobro que realizó el SAT sobre este crédito fiscal contraído por el contribuyente en cuestión fue realizado en septiembre del año 2014. Esto quiere decir que se tomó 16 años antes de comenzar el proceso.
- El cobro del crédito fiscal fue realizado en un domicilio distinto al que el contribuyente tenía registrado en ese momento en el sistema del SAT. Además de que en dicho domicilio no contada con ningún bien de su propiedad.
Una vez establecidas ambas conclusiones, la PRODECON hizo la solicitud al SAT para que emitiera la declaratoria de prescripción que le corresponde al caso. Considerando que un crédito fiscal prescribe al paso de 5 años sin el debido proceso de cobro por parte de la autoridad fiscal.
Igualmente, la solicitud se extendió para que el SAT ordenara la liberación de las cuentas bancarias del contribuyente. Teniendo en mente que la prescripción es totalmente legal y que el contribuyente ya no cuenta con obligación alguna que pagar.
Tener bien claros los términos al momento de realizar procedimientos fiscales es de suma importancia. Esto se debe a que muchas personas terminan metidas en problemas solo por desconocimiento de las leyes y sus derechos. Por ello, lo mejor es tomarse el tiempo para comprender los procesos de prescripción y caducidad, dándoles el uso adecuado en cada momento.